sábado, junio 03, 2006

De suicidas

¡Por fin lo entiendo!
 
¡Si el réferi no levanta la mano el objeto es directo!
 
Hablando de jueces, para no perder el hilo ¿existe la figura penal del "Suicidio Culposo"?
 
Tal vez también habría que incluir el "Suicidio en ocasión de robo", el "Suicidio en ocasión de riña", el "Suicidio con premeditación y alevosía", y el "Suicidio agravado por el vínculo"...
 
¿El suicida tiene derecho a permanecer en silencio?¿Todo lo que diga puede ser usado en su contra?
 
En el caso de los suicidas por sobredosis ¿pueden obtener una probation?
 
Y en el caso de los suicidas por ahorcamiento ¿la condena queda en suspenso?
 
Dudas... y más dudas...

2 comentarios:

Anónimo dijo...

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Anónimo dijo...

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